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Precaución con las casas de empeño

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La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), recomendó comparar opciones y no acudir a la primera casa de empeño que se tope si se desea dejar en garantía un bien.

La necesidad de disponer de dinero inmediato hace que muchas veces la gente no se detenga a comparar la tasa de interés del establecimiento, lo cual es necesario para obtener mayor liquidez por la prenda, es decir, que otorgue el porcentaje de avalúo más alto y menos pasa de interés.

Destacó que cuando se acude a una casa de empeño se firma un contrato de prenda, éste es un contrato de adhesión mediante el cual el titular del billete y la casa de empeño se sujetan a las cláusulas que lo integran.

Mencionó que la constitución de la prenda es necesaria para garantizar el pago del préstamo, ya que, en caso de que la cantidad otorgada o sus intereses no sean cubiertos oportunamente, la institución podrá absorber la propiedad del bien y subastarlo o venderlo para recuperar el crédito.

Para desempeñar las prendas se deberá presentar el Billete, pagar la cantidad prestada, los intereses devengados y los gastos de almacenaje. Dijo que se debe contemplar que las casas de empeño también manejan CAT.

Escrito en: casa de empeño empeño empeño, casa, contrato, casas

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