Durango

Casas de empeño, fuera de la ley

En Durango, hay sólo dos establecimientos inscritos en el Registro Público de Casas de Empeño

Casas de empeño, fuera de la ley

Casas de empeño, fuera de la ley

DANIEL ESTRADA

En Durango, hay solamente dos establecimientos inscritos en el Registro Público de Casas de Empeño de la Procuraduría Federal del Consumidor, cuando existen decenas de negocios con este giro, tan sólo en la capital.

La Ley Federal de Protección al Consumidor indica en el párrafo quinto del Artículo 65 Bis, que la operación de una casa de empeño sin la inscripción en el Registro de Casas de Empeño se considerará como infracción particularmente grave.

En este sentido, la falta se sancionará conforme a lo dispuesto en el Artículo 128 Bis, que dice: "En casos particularmente graves, la Procuraduría podrá sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de noventa días y con multa de $141,929.70 a $3'974,031.62".

De acuerdo con la Profeco, este esquema tiene como objetivo brindar seguridad jurídica a las y los consumidores al inscribir y autorizar a los proveedores que ofrecen y otorgan los servicios de mutuo con interés y garantía prendaría, un registro único e intransferible por cada casa de empeño cumpliendo con lo establecido por la Ley.

Empero, al consultar este registro, existen solamente dos razones sociales para Durango, "Casa de Empeño Montepio Casa Durango" y "Montepio Casa Durango", ambas ubicadas en la zona centro y muy cercanas una de la otra.

Llama la atención que casas de empeño con presencia en todo el país o en buena parte de este, si cuentan con el debido registro en otras ciudades, sin embargo, aquí no han cumplido con dicho requisito.

COBERTURA

La normativa define que las casas de empeño los proveedores personas físicas o sociedades mercantiles no reguladas por leyes y autoridades financieras que en forma habitual o profesional realicen u oferten al público contrataciones u operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria.

En la Ley Federal de Protección al Consumidor se especifican los pasos y las condiciones que deben seguir las casas de empeño para poder inscribirse en el registro y así acatar los lineamientos necesarios para su operación.

La correcta implementación de la Ley, evitaría la movilización de prendas de dudosa procedencia y daría una mayor garantía a los pignorantes con relación a la recuperación de lo empeñado, ya que son varios los aspectos que se contemplan para la correcta operación de este tipo de negocios.

Escrito en: CASAS DE EMPEÑO empeño, Casas, registro, garantía

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