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Durango

Configuran el delito de discriminación

Modifican Código Penal y establecen todos los supuestos casos.

Configuran el delito de discriminación

Configuran el delito de discriminación

SAÚL MALDONADO

Quedó configurado el delito de discriminación: se fortaleció esta figura al agregar al Código Penal todos los supuestos casos e inclusive se sancionará con mayor severidad cuando estos sean cometidos por servidores públicos.

El Código Penal ya contemplaba en el artículo 306 el delito de discriminación; sin embargo el mismo era muy ambiguo por lo cual era difícil que se llegara a aplicar una sanción por el mismo.

Por ello, la diputada Mar Grecia Olivas dijo que al considerarse que la discriminación sigue siendo una práctica cotidiana y que a veces no se logra percibir pero que se comete, se buscó volver a configurar el delito.

Actualmente la discriminación, jurídicamente, solo existe cuando hay una conducta que demuestre distinción, exclusión o restricción a causa de algunas características propias de alguna persona cuando se le busca anular o impedir el ejercicio de algún derecho y queda a decisión del juez definir si es o no discriminación.

Sin embargo con la modificación al Código Penal realizada este miércoles en el Congreso del Estado a este delito se le agregan todos los supuestos por los cuales se pueden señalar como tal.

En el primer supuesto, está la discriminación por vejaciones con efectos morales o materiales ,en donde se comete delito si se excluye a una o más personas cuando exista un daño moral o material.

El segundo supuesto es la discriminación en la prestación de servicios que es cuando se realiza en ejercicio de actividades profesionales, mercantiles o empresariales y se le niegue a alguna o algunas personas el servicio al que tienen derecho.

Discriminación por provocaciones innobles, es el tercero. Es decir cuando se provoque o incite a la discriminación, al odio o violencia en perjuicio de una o más personas.

El cuarto es por limitaciones laborales, es decir, cuando se les niegue o restrinja sus derechos laborales adquiridos, principalmente por razones de género o embarazo, o se limite un servicio de salud principalmente a la mujer.

Discriminación por derechos educativos es el quinto aspecto, lo que significa que se les niega o restrinja sus derechos educativos.

Para el delito de discriminación se impondrá de uno a tres años de prisión y multa que va desde los 72 a los 216 veces la unidad de Medida Actualizada. Pero si es un servidor público el que cometa este delito en alguno de sus supuestos se le aumentará en un 50 por ciento la penalidad, así como la destitución inmediata e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo.

Igual aumentará en un 50 por ciento la pena si el delito de discriminación lo comete una persona con alguna relación de subordinación laboral con el ofendido.

Sin embargo queda establecido en esta reforma que no se hablará de discriminación si alguno de estos supuestos se hacen con medidas tendientes a la protección de los grupos socialmente desfavorecidos.

Escrito en: discriminación delito, discriminación, supuestos, Penal

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