
Autoridades investigan 12 denuncias por acoso sexual en Durango
Durante el primer bimestre del presente año la Fiscalía General del Estado captó una docena de denuncias por el delito de acoso sexual.
De acuerdo con la estadística de incidencia delictiva del fuero común, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en enero pasado se denunciaron seis casos de acoso sexual; misma cantidad se se reportó en febrero.
De la cifra total del primer bimestre, cinco denuncias se concentraron en el municipio de Durango; otra tres correspondieron a Gómez Palacio, y el resto se dividieron entre Canatlán, Mezquital, Peñón Blanco y Santiago Papasquiaro.
Cabe señalar que la cifra del 2026 es la misma que se ha registrado en los primeros dos meses de los años 2023, 2024 y 2025, con 12 denuncias. Mientras que en el 2022 las respectivas agencias del Ministerio Público abrieron 13 expedientes, por 19 del periodo de 2021 y 17 del año 2020.
Según el artículo 182 BIS del Código Penal, comete el delito de acoso sexual quien con fines de lujuria asedie a una persona con la que no exista relación de subordinación, mediante conductas verbales, físicas, y/o por medio de las tecnologías de la información y telecomunicaciones (TICs), redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital relacionadas con la sexualidad que la ponga en riesgo o le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad.
Para ello, al responsable se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y multa de 36 a 216 veces la Unidad de Medida y Actualización.
Si el sujeto pasivo del delito de acoso es un menor de 18 años o estuviere privado de la razón o de sentido, se le impondrá de dos a cinco años de prisión y multa de 144 a 360 UMAs.
A quien, provechándose de la situación de vulnerabilidad que genere un espacio público o un medio de transporte, asedie mediante conductas verbales y/o físicas a una persona, tome fotografías o videos de su cuerpo, persiga o intimide, vulnerando su dignidad y su intimidad, se le impondrá de dos a cinco años de prisión y multa de 36 a 216 UMAs. Pero si esto se comete en contra de una persona de la tercera edad o en situación de vulnerabilidad se le impondrá una tercera parte de la pena y multa de 216 a 332 UMAs.