
Denunciaron 42 casos de filtraciones íntimas en Durango durante el primer bimestre del 2026
Durante el primer bimestre de 2026, en el estado de Durango se registraron un total de 42 denuncias por el delito de violación a la intimidad sexual.
De acuerdo con la estadística de incidencia delictiva municipal del fuero común, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), del total de casos, la mayor concentración se presentó en el municipio de Durango con 23 denuncias, lo que representa más de la mitad de los registros.
Le siguió Gómez Palacio, con otras 12 denuncias, y Lerdo, con 3. Otros municipios como Canatlán, Nombre de Dios, Pánuco de Coronado y Tepehuanes reportaron un caso cada uno, mientras que el resto de los municipios no registraron denuncias en este periodo.
En cuanto a la distribución mensual, en enero se contabilizaron 18 casos, mientras que en febrero la cifra aumentó a 24, lo que refleja un incremento en este tipo de denuncias durante el segundo mes del año.
Cabe señalar que la violación a la intimidad sexual es una de las nueva modalidades de actividad delictiva que es contabilizada por el SESNSP, a partir del presente año. Por lo que no existen antecedentes para realizar comparativos con años anteriores.
DELITO
Este delito está tipificado en el Código Penal del Estado como la difusión, almacenamiento o comercialización de imágenes, audios o videos de contenido íntimo sin el consentimiento de la persona afectada, ya sea que el material sea real o haya sido manipulado. También incluye amenazas de difusión de este tipo de contenido.
Las sanciones previstas van de cuatro a ocho años de prisión, además de multas económicas. Estas penas pueden incrementarse hasta en una mitad cuando existen agravantes, como que el responsable tenga una relación cercana con la víctima, sea servidor público o utilice medios de comunicación para difundir el material.
También cuando se amenace con la publicación o un bloqueo de la difusión del contenido a cambio de un nuevo intercambio sexual o económico, reciba o condicione a cambio de cualquier beneficio de la publicación de este contenido. De igual forma, cuando se cometa en contra de una persona que debido a la desigualdad estructural enfrenta discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales, y a aquella que esté en situación de vulnerabilidad social; por su condición cultural y/o persona indígena.
La legislación también indica que cuando se cometa contra persona menor de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, en este supuesto el delito se perseguirá de oficio.
Las cifras reflejan que este delito se concentra principalmente en zonas urbanas del estado, donde se registra mayor actividad digital y uso de tecnologías, factores vinculados a la comisión de este tipo de conductas.