(Canva)
Las carreteras federales en México cuentan con un reglamento riguroso que permite delimitar las conductas de los automovilistas. Entre las reglas, también toma en cuenta la situación en la que un vehículo presente un desperfecto en pleno tránsito en la autopista. ¿Qué es lo que indica, y cuál es la multa correspondiente? Aquí te lo contamos.
¿Cambios en el reglamento?
A partir del día 25 de mayo de 2026, se emitió una modificación al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal por decreto oficial de la actual mandataria de la República Mexicana, Claudia Sheinbaum Pardo, por medio del Diario Oficial de la Federación (DOF). Dicha reforma entró en vigor el día 26 de mayo del año en curso, es decir, tan solo un día después de su alteración.
Dentro de los ajustes ejecutados, se encuentra la adición complementaria o derogación de las instancias pronunciadas en el reglamento, con el propósito principal de alinear el comportamiento de los conductores y, de esa forma, garantizar la seguridad vial y que el tránsito en la red de rutas de la nación fluya ininterrumpidamente.
De igual forma, entre las modificaciones también incluye un protocolo especial creado para situaciones de emergencia en las que algún vehículo presente cualquier desperfecto repentino o se le agote el combustible en plena vía; debido a que detenerse en medio de una autopista puede representar un riesgo de seguridad para el afectado y los demás automovilistas, lo que a su vez puede llevar a una sanción económica de no implementarse.
Te puede interesar: ¿Tu seguro cubre si roban tu auto y lo usan en un narcobloqueo? Esto sabemos.
¿Cuáles son las medidas a implementar?
Acorde con la normativa vigente, el artículo 82 ofrece una serie de instrucciones que cualquier conductor debe seguir de forma obligatoria en circunstancias en las que su automóvil comience a presentar una avería mecánica o falta de gasolina en el tanque; una vez que se detecta el inconveniente, se deberá estacionar en el acotamiento correspondiente de la vía y proseguir con la realización de las medidas de protección correspondientes:
- Orientar el transporte en el sentido en el que se dirige la vía, procurando evitar acaparar el área correspondiente de un carril con actividad de tránsito constante.
- Emplear el freno de mano al momento de estacionarse en el acotamiento, con el fin de asegurar la inmovilidad del auto.
- Usar los señalamientos de advertencia a través de los faros delanteros y traseros del transporte y, a su vez, colocar triángulos de tránsito u otro dispositivo visible para los demás conductores en el perímetro del mismo.
El reglamento indica que, de no acatarse las indicaciones, puede llevar a una infracción, la cual se sanciona con una multa que puede variar entre 10 y 20 veces el valor de la cuota diaria. A su vez, el artículo 2 del documento establece que dicha cuota equivale a una Unidad de Medida y Actualización (UMA) que, acorde a lo mostrado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), tiene un valor de 117.31 pesos; por ende, la amonestación presenta un precio estimado entre los mil 173 hasta los 2 mil 346 pesos.