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Conductores serían multados por no prender el aire en temporada de calor, ¿para quiénes aplica?

Esta sanción será aplicable a ciertos conductores quienes se nieguen a cumplir con la norma.

(Canva)

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LUIS GIOVANNIE OLIVAS A.

Hacer uso del aire acondicionado durante la época en la que la temperatura se eleva considerablemente es un método bastante común para mantenerse fresco; no obstante, existen ciertas sanciones para quienes no cumplan con las respectivas regulaciones. ¿En qué consisten y a quiénes se dirigen?, aquí te lo explicamos.

¿A qué se debe el calor sofocante?

Como es de esperarse, México ha presentado recientemente una tendencia constante de sufrir olas de calor; sin embargo, esto no se trata de un caso aislado, ya que, a diferencia del resto del planeta, el cual presenta un incremento en la temperatura de 2° C por cada siglo, en la nación avanza a una velocidad de 3.2 °C, haciéndose cada vez más notable este fenómeno.

Si bien, algunas regiones del planeta se calientan más rápido que el resto, ya sea por sus condiciones geográficas como su localización, la vegetación que lo cubre, la disponibilidad del agua y cambios en el suelo por su uso en diversas actividades, en el caso de la república mexicana existen varios motivos que lo impulsan:

  • La pérdida descontrolada de ecosistemas encargados de regular la temperatura.
  • La disminución notoria de la humedad de los suelos.
  • La expansión de las urbes, terminan por concentrar el calor.
  • Alta exposición a los rayos solares en zonas áridas y semiáridas.

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¿A quienes van dirigidas las multas?

Debido al gradual aumento en la temperatura ambiente en múltiples regiones de la república, es que se ha decidido emplear medidas y sanciones económicas dirigidas a conductores de transporte de ruta que no hagan uso del aire acondicionado en algunos de los estados donde el calor es más intolerable y peligroso para la población, como es el caso de Baja California y Sonora.

Por ejemplo, en la entidad federativa de Sonora, y de acuerdo con la Ley de Transporte del Estado, indica que dicha vigilancia entró en vigor el mes abril de 2026, y la multa por no ofrecer este servicio de climatización a los pasajeros mientras el vehículo se encuentra en tránsito se cotiza en un total de 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a 3 mil 520 pesos (tomando en cuenta que su valor unitario diario es de 117.31 pesos).

Mientras tanto, en el municipio de Mexicali, desde el día 15 de mayo hasta el 15 de octubre del año en curso, el Instituto de Movilidad Sustentable de Baja California (IMOS) anunció que aplicarán infracciones con un valor de 2 mil pesos (un aproximado de 17 UMAs) a todo chofer de transporte público que opte por no mantener encendido el aire acondicionado en el interior de la unidad ante el registro de las temperaturas elevadas en dicha región.

Escrito en: transporte público conductores sanción multa ola de calor aire, acondicionado, transporte, temperatura

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